Aprueban Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones correspondientes al D. Ley Nº 19990, financiadas con cargo al presupuesto institucional de la ONP, a aplicarse durante el Año Fiscal 2020RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 005-2019-EF/52.01
Lima, 10 de diciembre de 2019
CONSIDERANDO:
Que, a
efectos de garantizar la adecuada distribución de los recursos públicos
por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales y Gasto por
Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, a cargo de las Unidades
Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, se
requiere la aprobación de un Cronograma de Pagos para la atención
oportuna de dichos conceptos durante el proceso de ejecución
presupuestal y financiera del Año Fiscal 2020, incluyéndose como parte
del mismo a los pensionistas comprendidos en el régimen del Decreto Ley
N° 19990, a cargo de la Oficina de Normalización Previsional, de acuerdo
con la información remitida por dicho organismo mediante el Oficio N°
596-2019-GG/ONP;
Que,
el mencionado Cronograma es aplicable a los pagos que por los indicados
conceptos se realizan con cargo a Recursos Ordinarios y otras fuentes de
financiamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta
Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Director General de
Administración, o quien haga sus veces, es responsable de la adopción de
las medidas administrativas que resulten necesarias para contar con el
respectivo financiamiento, así como para un eficiente y oportuno proceso
de elaboración de las respectivas planillas de pago, que garantice su
adecuado cumplimiento;
Que,
la aprobación del citado Cronograma de Pagos contribuirá a una mayor
efectividad en el cumplimiento de las obligaciones del Estado, por parte
de las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de los Gobiernos
Regionales, así como a una mejor atención en este aspecto a los
trabajadores y pensionistas del Sector Público;
De
conformidad con los incisos a) y c) del artículo 10 del Texto Integrado
del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y
Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial N° 301-2019-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Apruébese
el Cronograma Anual Mensualizado para el Pago de las Remuneraciones y
Pensiones en la Administración Pública, así como de las Pensiones
correspondientes al Decreto Ley Nº 19990, financiadas con cargo al
presupuesto institucional de la Oficina de Normalización Previsional, a
aplicarse durante el Año Fiscal 2020, el mismo que se detalla en los
siguientes Anexos que forman parte de la Resolución Viceministerial:
• Anexo
N° 01: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Remuneraciones - Año
Fiscal 2020, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los Pliegos del
Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
• Anexo
N° 02: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley
N° 20530) - Año Fiscal 2020, a cargo de las Unidades Ejecutoras de los
Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales.
• Anexo
N° 03: Cronograma de Pagos Anual Mensualizado de Pensiones (Decreto Ley
N° 19990) - Año Fiscal 2020, a cargo de la Oficina de Normalización
Previsional.
El
Cronograma del Anexo N° 01 incluye los pagos de carácter periódico y no
remunerativo tales como: Contrato Administrativo de Servicios (CAS),
Estipendio por Servicio Civil de Graduandos (SECIGRA) y Servicio Rural y
Urbano Marginal en Salud (SERUMS), Propinas para practicantes,
animadoras, alfabetizadoras y alumnos de Escuelas Militares y
Policiales, entre otros de similar naturaleza.
Las
obligaciones relacionadas con la Bonificación por Escolaridad y los
Aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad se atienden conforme a los
Anexos del referido Cronograma, en los meses que corresponda.
Artículo 2. El
Cronograma Anual Mensualizado a que se refiere el artículo precedente
es aplicable al pago de las obligaciones que por concepto de
Remuneraciones y/o Pensiones se realiza con cargo a la fuente de
financiamiento Recursos Ordinarios, así como a otras fuentes de
financiamiento que se centralizan y administran a través de la Cuenta
Única del Tesoro Público (CUT), para cuyo efecto el Director General de
Administración, o quien haga sus veces en la Unidad Ejecutora, es
responsable de adoptar las medidas administrativas que resulten
necesarias para contar con el financiamiento que garantice su adecuado y
oportuno cumplimiento, así como para el correspondiente registro de las
operaciones en el SIAF-SP, bajo responsabilidad.
Artículo 3. La
atención de otras obligaciones relacionadas con los conceptos de pago
Remuneraciones y/o Pensiones, tales como Compensación por Tiempo de
Servicios (CTS), Gratificaciones (Régimen Laboral 728), Indemnizaciones o
similares, se efectúa en las fechas u oportunidad que señala la
legislación aplicable.
Las
Unidades Ejecutoras que cuentan con personal del Régimen Laboral del
Decreto Legislativo N° 728 pueden realizar el pago de los conceptos de
Remuneraciones y Gratificaciones de los meses de julio y diciembre en
una sola planilla, en la fecha en que corresponda atender dichos
conceptos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS
Viceministro de Hacienda
ANEXO 01
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE REMUNERACIONES - AÑO FISCAL 2020,
A CARGO DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LOS PLIEGOS DEL GOBIERNO NACIONAL
Y GOBIERNOS REGIONALES
PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES
ANEXO 02
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE PENSIONES (DECRETO LEY N° 20530)
AÑO FISCAL 2020, A CARGO DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE LOS PLIEGOS DEL
GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS REGIONALES
PENSIONES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES
ANEXO N° 03
CRONOGRAMA DE PAGOS ANUAL MENSUALIZADO DE PENSIONES
(DECRETO LEY N° 19990) - AÑO FISCAL 2020, A CARGO DE LA OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL
INICIO: 5° DÍA UTIL DE CADA MES
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jueves, 9 de enero de 2020
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